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RECOMENDACIONES PARA LA LUCHA CONTRA EL PICUDO ROJO

Visto el estado actual de la incidencia de la plaga del picudo rojo (Rhynchophorus ferrugineus, Oliver) sobre les palmeres del municipio de Poble Nou de Benitatxell, tanto publicas como privadas y el peligro que conlleva la presencia de picudo rojo para la supervivencia de las palmeras, 

HACE SABER:

Primero: los vecinos del municipio de Poble Nou de Benitatxell que sean propietarios de palmeras de las especies datilera (Phoenix dactylifera) y canaria (Phoenix canariensis), que detecten síntomas que pudieran hacer pensar en la afección posible de esta plaga, tienen que ponerse en contacto con el departamento de Medio Ambiente, de forma inmediata, mediante el teléfono 966493369. También pueden comunicarlo a la Conselleria de Agricultura de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El Ayuntamiento de Poble Nou de Benitatxell facilitara el asesoramiento necesario mediante la inspección y comprobación posterior a la existencia de la plaga en los ejemplares y el protocolo que debe de seguirse, establecido por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación que considera de utilidad publica la lucha contra el picudo rojo.

Segundo: se prohíbe el movimiento y comercialización de plantas afectadas por esta plaga.

Tercero: se recomienda la realización de tratamientos preventivos durante los meses de marzo a diciembre y también después de cualquier operación de poda o limpieza.

Cuarto: se recomienda que la poda se realice en inverno, entre los meses de enero y febrero. En caso del género Phoenix, esta se limitara a la limpieza de las hojas secas.

Quinto: para que las empresas de jardinería puedan desarrollar los trabajos de destrucción de ejemplares afectados, limpieza, poda o tratamientos fitosanitarios, deben de estar autorizadas previamente por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. En caso contrario, no podrán actuar sobre una palmera afectada.

Sexto: no se recomienda la plantación de especies sensibles a la plaga, como son la palmera canaria y palmera datilera en todo el termino municipal, excepto aquellos ejemplares que posean el pasaporte fitosanitario correspondiente de acuerdo con la normativa reguladora.

Séptimo: en cuanto al procedimiento sancionador, se regulará  de acuerdo con lo que dispone la Ley 43/2002, de sanidad vegetal.

Tríptico de la Generalidad de Valencia  

Stephen Kidgell
Concejal de Medio Amiente
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